La doble escala salarial es un concepto que ha generado controversia en el ámbito laboral. Se refiere a la práctica de contratar a trabajadores con salarios inferiores a los que perciben los trabajadores en plantilla, a pesar de tener la misma categoría y realizar el mismo trabajo.
Esta práctica, aunque no siempre prohibida, entra en conflicto con el principio fundamental de igual trabajo, igual salario, establecido en el artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, la jurisprudencia ha establecido excepciones, como en el caso de procesos de formación previa para nuevos empleados.
Igualdad de Retribución: Un Principio Fundamental
La doble escala salarial se relaciona directamente con el principio de igualdad de retribución y no discriminación salarial. El artículo 3 del Estatuto de los Trabajadores establece que los convenios colectivos regulan las relaciones laborales, y el artículo 37 de la Constitución Española reconoce la fuerza vinculante de estos convenios, dándoles eficacia de normas jurídicas.
El artículo 14 de la Constitución Española también es relevante, ya que regula el principio de igualdad, prohibiendo cualquier discriminación por razón de condición personal o social. De igual forma, el artículo c) del Estatuto de los Trabajadores reconoce a los trabajadores el derecho a no ser discriminados para el empleo o una vez empleados.
La Doble Escala Salarial en la Jurisprudencia
La jurisprudencia ha desarrollado el concepto de doble escala salarial, tanto a nivel comunitario como interno laboral. La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 14 de febrero de 2019 estableció que la doble escala salarial no es discriminatoria si no se basa en la edad, sino en la fecha de incorporación del trabajador.
El Tribunal Supremo, sin embargo, ha mantenido una posición diferente, considerando que la doble escala salarial perjudica el derecho de igualdad de remuneración por un trabajo de igual valor.
Sentencias Clave del Tribunal Supremo:
- Sentencia 169/2019, de 5 de marzo de 2019 : Declara discriminatoria la diferencia de trato entre trabajadores según la fecha de ingreso en la empresa, considerando que el derecho a un salario igual para todos debe estar consolidado.
- Sentencia 224/2019, de 18 de marzo : Declara la nulidad de la doble escala salarial basada en la fecha de ingreso en la empresa, especialmente si se suprime un complemento de antigüedad que afectaba a los trabajadores de nuevo ingreso.
- Sentencia 694/2019, de 8 de octubre de 2019 : Confirma que las diferencias de trato basadas únicamente en la fecha de contratación deben ser razonables, objetivas, equitativas y proporcionadas.
Doctrina del Tribunal Constitucional:
El Tribunal Constitucional ha reafirmado el principio de igualdad y la prohibición de discriminación del artículo 14 de la Constitución, incluyendo el ámbito laboral.
- Sentencia 119/2002 de 20 de mayo : Reconoce la autonomía de trabajadores y empresarios en la negociación colectiva, pero enfatiza la necesidad de respetar los valores de justicia e igualdad, eliminando la discriminación salarial para un mismo trabajo o uno de igual valor.
- Sentencia 27/2004, de 4 de marzo : Afirma que la distinta fecha de ingreso en la empresa por sí sola no justifica un modo diferente de valoración de la antigüedad. Para que la diferencia salarial sea conforme al principio de igualdad, el convenio debe incluir un compromiso empresarial de contraprestación a los afectados y determinar la diferencia salarial de manera transitoria, asegurando su desaparición progresiva.
- Sentencia 112/2007, de 16 de octubre : Indica que el trato salarial diferenciado puede generar desigualdad si no se fundamenta en una justificación objetiva y razonable, y si la diferencia retributiva no es proporcional a la actividad laboral realizada.
Análisis de la Sentencia 46/2021, de 18 de marzo, de la Audiencia Nacional
Esta sentencia reconoce el derecho de los trabajadores de una empresa del sector de la canalización, contratados a partir del año 2000, a recibir un complemento personal en las mismas condiciones que los trabajadores contratados antes de esa fecha.
El caso se centró en la diferencia de trato entre los trabajadores de la misma empresa, donde 62 trabajadores contratados antes del 2000 recibían un complemento personal que no percibían los 186 trabajadores contratados posteriormente. La Audiencia Nacional dictaminó que la discriminación se basaba en la fecha de incorporación, sin justificación objetiva, por lo que todos los trabajadores deberían recibir el complemento en las mismas condiciones.
La doble escala salarial es un tema complejo, donde la jurisprudencia ha establecido criterios para determinar su legalidad. Es crucial analizar cada caso específico, considerando la legislación vigente, los convenios colectivos y la jurisprudencia aplicable.
Si se considera que en una empresa se está aplicando una doble escala salarial sin una justificación objetiva, es fundamental buscar asesoramiento legal para determinar los pasos a seguir y defender los derechos de los trabajadores.
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